miércoles, 28 de febrero de 2007

LA DESCENTRALIZACION EN CHILE UN DISCURSO RETORICO

Existe un denominador común en el discurso de las distintas corrientes de opinión de la política chilena, referente a la descentralización territorial como objetivo deseable en la organización de los poderes públicos del Estado.
Pero al momento de concretar en que consiste, o debe consistir, esta deseada descentralización, la unidad del discurso se quiebra.
La descentralización es la transferencia de las competencias desde la autoridad administrativa central, a los entes jurídicamente diferenciados de aquel, es decir dotados de personalidad jurídica y patrimonio propio y que no le están jurídicamente subordinados, sino sometidos a su supervigilancia. En definitiva, la descentralización no es otra cosa que el reparto vertical del poder entre diferentes niveles del gobierno.
La descentralización es una necesidad existencial de un Estado que quiere prestar mejores servicios a sus ciudadanos, modernizar sus estructuras y ser un factor de desarrollo más que un rémora al mismo.
En realidad, la descentralización regional en Chile, es formalmente un hecho. Las dudas comienzan a surgir en el momento en que se suscita la cuestión de si efectivamente el proceso de regionalización está afectando en lo sustancial al escenario político-administrativo, o se trata más bien de una escenografía que poco o nada tiene detrás. No en vano se ha hablado por parte de algún político de “gobiernos regionales de mentira”.
Por otra parte, conviene desmontar de una vez por todas, la falsa disyuntiva entre Estado Unitario y Estado Federal. Un Estado puede ser perfectamente unitario y tener una descentralización local o regional muy acusada. Si un Estado profundiza en la descentralización, ello no implica necesariamente, que vaya a transformarse en un Estado Federal, siendo además muy discutible que exista una fórmula típica que encuadre hoy en día a lo que se denomina genéricamente Estados Federales. En consecuencia, Chile puede intensificar su proceso de descentralización sin miedo ni temor a hundirse en las oscuras aguas del federalismo; es decir manteniendo su carácter de Estado unitario.
En lo que respecta a las debilidades, cabe traer aquí brevemente a colación tres de ellas. La primera consiste en que es muy difícil articular un proceso de descentralización regional, que, en lo político mantiene el mismo centralismo que conocemos desde, por lo menos, la Constitución de 1925. En Chile, a diferencia de los países europeos, el ejecutivo del gobierno regional no es un representante de la región, elegido libremente. En nuestro sistema es un representante del Presidente, designado por el mismo. Surge aquí el conflicto de una Administración Regional que pretende una cierta autonomía, pero en cuya cabeza se encuentra un representante del Presidente de la República. La segunda se refiere también al plano organizativo, pues no se puede construir un nivel de gobierno territorial sin que éste no disponga de su propia Administración Pública y de su aparato burocrático específico, diferente de la Administración desconcentrada del Estado en ese territorio. Y la tercera hace mención a las competencias de la Región; ésta debe tener un ámbito material de actuación definido y vías de financiación para hacer efectivo el ejercicio autónomo de sus atribuciones, pues sin autonomía financiera la autonomía política o administrativa no dejan de pertenecer al terreno de la pura ficción.